Del 1 de enero al 28 de octubre de 2026, 70,0 % del recorte de generación eólica y solar en Brasil fue por razón energética (ENE, sobreoferta: 23,67 TWh), 19,1 % por confiabilidad eléctrica (CNF: 6,45 TWh) y 10,9 % por indisponibilidad externa de red (REL: 3,70 TWh); recorte por conjunto con filtro por razón (restricción ordenada por el ONS) más el estimado de plantas sin dato, la métrica del contador del curtômetro; fuente: datos abiertos del ONS, lectura de BrazilGrid.
El curtailment no es energía generada y desechada: es producción potencial que no ocurrió. El ONS estima cuánto podría generar cada planta con el viento o el sol del momento (generación de referencia) y, por razón energética, de confiabilidad o de red, ordena que genere menos; la diferencia es el recorte.
| Razón | Eólica 2026 | Solar 2026 | Total 2026 | % de 2026 | Últimos 12 meses | ¿Resarcible? |
|---|---|---|---|---|---|---|
| ENE — Energética (sobreoferta) | 13.851,1 | 9.814,9 | 23.666,0 | 70,0 % | 27.694,6 | No. El art. 1º-B de la Ley 10.848/2004 (incluido por la Ley 15.269/2025) alcanza solo REL y CNF, y el Término de Compromiso excluye la sobreoferta. |
| CNF — Confiabilidad eléctrica | 5.763,5 | 685,6 | 6.449,0 | 19,1 % | 8.574,2 | Régimen ordinario: no. Ley 15.269/2025 (art. 1º-B): sí, en las mismas condiciones que el REL; reclamo hoy suspendido por medida cautelar de la ANEEL (Despacho nº 148, del 20/01/2026, prorrogada el 13/05/2026). |
| REL — Indisponibilidad externa de red | 2.888,3 | 807,1 | 3.695,4 | 10,9 % | 3.906,6 | Régimen ordinario: sí, por encima de la franquicia anual de horas (REN ANEEL 1.030/2022, art. 16 y 20-D). Ley 15.269/2025 (art. 1º-B): sí, sin franquicia, para eventos del 01/09/2023 al 25/11/2025, vía Término de Compromiso. |
| Total | 22.503,0 | 11.307,5 | 33.810,5 | 100,0 % | 40.175,4 |
El dato del ONS trae solo tres razones: ENE, CNF y REL. Texto regulatorio revisado el 24/10/2026; base legal vigente: REN ANEEL 1.030/2022 (texto compilado).
Del 1 de enero al 28 de octubre de 2026, 70,0 % del recorte de generación eólica y solar en Brasil fue por razón energética (ENE, sobreoferta: 23,67 TWh), 19,1 % por confiabilidad eléctrica (CNF: 6,45 TWh) y 10,9 % por indisponibilidad externa de red (REL: 3,70 TWh); recorte por conjunto con filtro por razón (restricción ordenada por el ONS) más el estimado de plantas sin dato, la métrica del contador del curtômetro; fuente: datos abiertos del ONS, lectura de BrazilGrid.
Son las razones que el ONS registra en la restricción: ENE es razón energética (oferta por encima de la carga), CNF es confiabilidad eléctrica del sistema y REL es indisponibilidad externa de red (equipo de transmisión fuera de servicio).
En el régimen ordinario, solo el REL por encima de la franquicia anual de horas (REN ANEEL 1.030/2022, art. 16 y 20-D). La Ley 15.269/2025 (art. 1º-B) creó el resarcimiento de REL y CNF para eventos del 01/09/2023 al 25/11/2025, vía Término de Compromiso, hoy suspendido por medida cautelar de la ANEEL. El ENE (sobreoferta) no se resarce.
La REN ANEEL 1.030/2022 fija la base de 78 horas por año para eólica y 30h30 para solar (art. 16 §2º y 20-D §2º), actualizada cada año por el ONS. El valor aplicado en 2026, publicado por el ONS (ciclo 2021/2025), es 110 horas para eólica y 55 horas para solar, acumuladas desde el inicio del año calendario.
Actualizado el 29/10/2026 15:29 (hora de Brasilia, UTC-3) con datos hasta el 28/10/2026. Fuente primaria: ONS, datos abiertos (dados.ons.org.br); BrazilGrid lee y consolida.